Comités de Empresa

Identity area

Type of entity

Authorized form of name

Comités de Empresa

Parallel form(s) of name

Standardized form(s) of name according to other rules

Other form(s) of name

Identifiers for corporate bodies

Description area

Dates of existence

1977-

History

Tras la Ley de Libertad Sindical de 1977, el Decreto-Ley de 2 de junio de 1977, proporcionó los medios para llevar a cabo las primeras elecciones democráticas y elegir a los Comités de Empresa como órganos representativos de los trabajadores. El Comité de Empresa está regulado en los artículos 62 y 63 del Estatuto de los Trabajadores, como uno de los tres órganos colegiados representativos de los trabajadores a efectos de relaciones laborales.
El comité de empresa es elegido por sufragio libre y secreto entre todos los trabajadores de una empresa o centro de trabajo ya sean estos fijos o interinos, sea cual sea el porcentaje de jornada por el que están contratados por la empresa y siempre y cuente con un mes de antigüedad en la empresa, como mínimo (art. 69.2 del Estatuto de los Trabajadores).
Está compuesto por una representación proporcional de trabajadores dependiendo del número total de trabajadores de la empresa o centro de trabajo. Como regla general, para ser elegible es necesaria una antigüedad mínima de 6 meses en la empresa.

Places

Legal status

Functions, occupations and activities

Mandates/sources of authority

Internal structures/genealogy

General context

Relationships area

Control area

Authority record identifier

Institution identifier

Rules and/or conventions used

Status

Level of detail

Dates of creation, revision and deletion

Language(s)

Script(s)

Sources

Maintenance notes