Item 65 - 1964 (30 de enero) – Acta del Comité de Seguridad e Higiene

Abrir original Objeto digital

Zona de identificação

Código de referência

ES SeAHC 02.05.01.02.65

Título

1964 (30 de enero) – Acta del Comité de Seguridad e Higiene

Data(s)

  • 1964/01/30 (Produção)

Nível de descrição

Item

Dimensão e suporte

2 hojas, papel

Zona do contexto

Nome do produtor

(1958-1977)

História administrativa

La dictadura franquista apostó desde sus orígenes por el intervencionismo normativo estatal en ámbito de las empresas y de las relaciones laborales. Ante la exclusión de la libertad sindical y la imposibilidad de cualquier iniciativa, el Estado totalitario anula el papel normativo de empresarios y trabajadores y asume el papel de regulador supremo. Los intereses de capital y trabajo dejan de ser vistos como contrapuestos para converger en un interés superior, el nacional. El Estado asume la determinación de las condiciones de trabajo en general y en materia de seguridad e higiene en lo particular. La seguridad e higiene dejan de ser entendidos como derechos exigibles para ser vistos como un deber público impuesto por el Estado a empresarios y trabajadores. El Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo (1940) configuraba al empresario como responsable frente al Estado de sus obligaciones de seguridad e implicaba a los trabajadores en el cumplimiento de la norma preventiva (previendo sanciones en caso de incumplimiento). Unos años después, en 1944, se constituye por Decreto el Instituto Nacional de Medicina, Higiene y Seguridad en el Trabajo (INMHST), cuya disposición refleja la concepción de la seguridad e higiene como responsabilidad exclusiva del poder político. Sin embargo, el Estado es consciente de que empresarios y trabajadores son los que han de velar por el correcto cumplimiento de la normativa preventiva. Para ello crea, por Orden del 21 de septiembre de 1944, los Comités de Seguridad e Higiene en el Trabajo (CSHT), obligatorios en industrias químicas, textil, de la madera y afines, papel y cartón, cuero y pieles, cerámica, vidrio, cemento, gas y electricidad y transporte y comunicaciones. Sus miembros son designados por la dirección del a empresa, debiendo ser miembros obligatorios del mismo el director o gerente, un ingeniero de seguridad, un médico de trabajo, el Secretario, dos vocales (trabajadores con categoría de contramaestres u oficiales designados entre los propuestos por la Organización Sindical y el jefe de grupo de empresa de la casa sindical de “Educación y descanso” para facilitar la coordinación con la misma. Ni los comités ni los jurados pretendían ser cauces de participación o defensa de los intereses de los trabajadores en la empresa, ambos eran concebidos como instrumentos idóneos de “colaboración constructiva, al servicio del objetivo de “hacer efectiva en el seno de la misma la colaboración entre capital, la técnica y la mano de obra”.

História do arquivo

Fonte imediata de aquisição ou transferência

Zona do conteúdo e estrutura

Âmbito e conteúdo

Asuntos tratados: lectura del acta de la reunión anterior, informe de accidentes laborales del mes de diciembre (1963), ruegos y preguntas donde se comenta un informe entregado por el médico a la gerencia.

Avaliação, selecção e eliminação

Ingressos adicionais

Conservación permanente

Sistema de organização

Zona de condições de acesso e utilização

Condições de acesso

Libre acceso

Condiçoes de reprodução

Derechos de reproducción reservados. Contacte con el Archivo

Idioma do material

Script do material

Notas ao idioma e script

Características físicas e requisitos técnicos

Instrumentos de descrição

Catálogo

Zona de documentação associada

Existência e localização de originais

AH112.01

Existência e localização de cópias

Unidades de descrição relacionadas

Descrições relacionadas

Zona das notas

Identificador(es) alternativo(s)

Pontos de acesso

Pontos de acesso - Locais

Pontos de acesso - Nomes

Pontos de acesso de género

Zona do controlo da descrição

Identificador da descrição

Equipo del AHCCOOA

Identificador da instituição

ES SeAHC

Regras ou convenções utilizadas


  • CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHVOS (ICA): ISAD(G) Norma Internacional General de Descripción Archivística. Adoptada por el Comité de Normas de Descripción, Suecia, 19-22 Septiembre 1999. Madrid: Ministerio de Educación Cultura y Deporte, 2000.
  • CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHVOS (ICA): ISDIAH Norma Internacional para describir instituciones que custodian fondos de archivo. Adoptada por el Comité de Buenas Prácticas y Normas, Londres, Reino Unido, 10-11 marzo 2008. Disponible en www.ica.org
  • CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHVOS (ICA): ISAAR (CPF) Norma Internacional sobre los Registros de Autoridad de Archivos relativos a Instituciones, Personas y Familias, segunda edición. Disponible en www.ica.org

Estatuto

Revisto

Nível de detalhe

Parcial

Datas de criação, revisão, eliminação

Línguas e escritas

  • espanhol

Script(s)

Fontes

Nota do arquivista

Este acta se ha digitalizado y descrito en el marco de un proyecto financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, con el patrocinio del Ministerio de Cultura y Deportes (2022)

Objeto digital (Matriz) zona de direitos

Zona da incorporação